Reunificación familiar de niños cubanos menores de edad (menos de 18 años) con el padre/ la madre en Alemania
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La condición para la reunificación de menores que no hayan cumplido todavía los 16 años, es que el padre/la madre residente en Alemania posea un permiso de residencia y la Guarda y Cuidado del menor.
Al presentarse solicitud para un menor que haya acabado de cumplir los 16 años, se debe verificar además si domina el idioma alemán o al menos garantice, con su educación alcanzada hasta el momento y sus relaciones de convivencia, su integración a las condiciones de vida en la República Federal de Alemania.
Los representantes legales del niño son los que tienen que solicitar la visa (por regla general son ambos padres). De esto no ser posible, podrá ser solicitada por una tercera persona apoderada presentando un poder notarial. Los menores mayores de 16 años hacen su propia solicitud.
Documentos a presentar
- 2 solicitudes con 2 fotos de pasaporte actuales de buena calidad.
- Pasaporte vigente por 6 meses como mínimo, con dos copias de la primera hoja con los datos personales.
- Original y copia de la certificación de nacimiento.
- Original y copia de la sentencia de divorcio de los padres o resolución de un tribunal cubano sobre la Guarda y Cuidado.
- Original y copia del permiso de salida definitiva, que no tenga más de seis meses, del padre o de la madre que resida en Cuba o en un tercer país (en caso de Patria Potestad de ambos padres).
- Tarifa de la visa: 60 Euros (se paga en CUC según la tasa de cambio vigente).
Las planillas de solicitud son gratuitas. No es necesario acudir a los servicios de oficina alguna para su llenado.
Los documentos cubanos tienen que ser certificados por el MINREX y legalizados, mediante el pago de la correspondiente tarifa, por la Embajada de Alemania en La Habana. Además se necesita una traducción al alemán.
Si los documentos no están traducidos al alemán, éstos no podrán ser enviados junto con la solicitud. El solicitante tiene que ocuparse de recoger los originales y hacerlos llegar a la oficina de extranjería competente con su traducción.
La Embajada envía las solicitudes junto con los documentos legalizados a la oficina de extranjería competente en Alemania.
La Embajada no se responsabiliza con el extravío o daño de los documentos enviados por correo.
Si quiere evitar riesgos, puede presentar una fotocopia por cada original, la cual se certifica mediante pago en la propia Embajada y se procede a enviar éstas a las Autoridades de Extranjería. En la Embajada no se pueden hacer fotocopias.
Favor tenga en cuenta lo siguiente:
- Por favor llame al Tel.: (00 53 7) 833 25 69 ext. 35 con el fin de solicitar un turno para su presentación.
- La Embajada sólo acepta solicitudes correctamente llenas con todos los documentos necesarios.
- La Embajada sólo otorga la visa cuando tiene el permiso de la oficina de extranjería de Alemania.
- La Embajada no tiene influencia alguna en la demora del proceso en la oficina de extranjería (por regla general de 6 a 8 semanas).
El boleto de vuelo se debe comprar después de tener la seguridad de que se le otorgará la visa. - La visa se otorga generalmente por 90 días y con validez sólo para Alemania. Después de la entrada a Alemania la oficina de extranjería va extendiendo el permiso de residencia por un período de tiempo más prolongado.
- Para cualquier información: Tel. (00 53 7) 833 31 88 y a través del formulario de contacto de esta página web.
- Cualquier pregunta sobre el permiso de salida diríjase por favor, a las autoridades cubanas.
Contacto con la Sección Consular (asuntos de visado)